PIS PASEP: Entienda todo sobre este beneficio fundamental

El Programa de Integración Social (PIS) y el Programa de Formación de Activos de Servidores Públicos (PASEP) son beneficios esenciales en el contexto laboral brasileño.

Para muchos, comprender los detalles de estos programas puede parecer una tarea compleja. Sin embargo, comprender cómo funcionan el PIS y el PASEP es esencial para garantizar que los trabajadores reciban los beneficios a los que tienen derecho.

En este artículo exploraremos en detalle qué es el PIS PASEP, quiénes tienen derecho a él, cómo funciona y responderemos algunas preguntas frecuentes para aclarar cualquier duda que puedas tener.

¿Qué es el PIS PASEP?

oh PIS PASEP es un programa de beneficios desarrollado por el gobierno brasileño para promover la integración y formación del patrimonio de los trabajadores.

El PIS está dirigido a trabajadores del sector privado, mientras que el PASEP está dirigido a servidores públicos.

Ambos programas tienen el objetivo principal de brindar a los trabajadores de bajos ingresos acceso a recursos que puedan contribuir a su sustento y desarrollo financiero.

¿Cómo funciona el PIS PASEP?

El funcionamiento de la PIS PASEP Es relativamente simple. Anualmente, el gobierno establece un cronograma de pagos, que se publica a través de canales oficiales, como Caixa Econômica Federal para el PIS y Banco do Brasil para el PASEP.

Los pagos se realizan según la fecha de nacimiento del trabajador (en el caso del PIS) o su número de registro PASEP.

Los montos a recibir dependen del tiempo de trabajo del individuo y del salario mínimo vigente.

Para quienes trabajaron todo el año, el valor del beneficio equivale a un salario mínimo. Para quienes trabajaron sólo una parte del año, el monto es proporcional al tiempo trabajado.

¿Cuál es la diferencia entre PIS y PASEP?

El PIS (Programa de Integración Social) y el PASEP (Programa de Formación de Activos de Servidores Públicos) son programas sociales creados por el gobierno brasileño con el objetivo de promover la integración y el desarrollo financiero de los trabajadores del sector privado y de los servidores públicos, respectivamente.

Aunque ambos tienen propósitos similares, existen diferencias significativas entre ellos. A continuación, destacamos las principales distinciones entre PIS y PASEP:

  1. Ámbito de actividad:
    • El PIS está dirigido a trabajadores del sector privado, es decir, quienes laboran en empresas privadas bajo la Consolidación de Leyes Laborales (CLT).
    • El PASEP está dirigido a servidores públicos, incluidos aquellos que laboran en organismos federales, estatales o municipales.
  2. Fuente de recursos:
    • El PIS se financia con aportes de las empresas, que deben destinar un porcentaje de su nómina al programa.
    • El PASEP, por su parte, es financiado por el gobierno federal, que asigna recursos al programa provenientes del Presupuesto General de la Unión.
  3. Administración:
    • El PIS es administrado por Caixa Econômica Federal, que es responsable del pago de beneficios y de la gestión de los recursos del programa.
    • El PASEP es administrado por el Banco do Brasil, que realiza las mismas funciones de pago y gestión de recursos, pero para los servidores públicos.
  4. Forma de pago:
    • Los pagos del PIS se realizan a través de Caixa Econômica Federal, siguiendo un calendario publicado por el gobierno, en función de la fecha de nacimiento del trabajador.
    • Para el PASEP, los pagos son realizados por el Banco do Brasil, siguiendo también un calendario establecido según el número de registro del servidor.
  5. Beneficios adicionales:
    • Además del bono salarial anual, el PIS también ofrece otros beneficios, como el retiro del saldo de las cuentas individuales del Programa de Formación del Patrimonio de los Trabajadores (PIS/PASEP) y el acceso al Fondo de Garantía de Tiempo de Servicio (FGTS).
    • En el caso del PASEP, además del bono salarial, los servidores públicos también pueden acceder al saldo de sus cuentas individuales bajo el Programa de Formación de Patrimonio de los Servidores Públicos (PIS/PASEP).

En resumen, si bien el PIS y el PASEP tienen objetivos similares de promover el bienestar financiero de los trabajadores, sus diferencias radican en su base de cotización, público objetivo, administración y forma de pago de beneficios.

¿Qué dice la legislación sobre el PIS PASEP?

La legislación brasileña que trata del Programa de Integración Social (PIS) y del Programa de Formación de Activos de Servidores Públicos (PASEP) está contenida en diversas disposiciones legales, reglamentaciones y decretos.

A continuación, presento un resumen de las principales leyes y regulaciones relacionadas con el PIS PASEP:

  1. Constituicion Federal:
    • La Constitución Federal de 1988 establece las bases para el funcionamiento de los programas sociales en Brasil. Prevé, en su artículo 239, la creación del Fondo de Apoyo a los Trabajadores (FAT), que será responsable de la administración de los recursos del PIS y del PASEP.
  2. Ley Complementaria N° 7/1970:
    • Esta ley creó el Programa de Integración Social (PIS), estableciendo los lineamientos para su implementación y funcionamiento. Determina, entre otros aspectos, cómo las empresas contribuyen al programa y los criterios para el pago del bono salarial a los trabajadores.
  3. Ley Complementaria N° 26/1975:
    • Esta ley creó el Programa de Capacitación en Activos de los Servidores Públicos (PASEP), estableciendo las reglas para su funcionamiento. Define las fuentes de financiamiento del programa y los criterios para la distribución de recursos a los servidores públicos.
  4. Ley nº 10.410/2002:
    • Esta ley modificó la legislación relativa al PIS y PASEP, estableciendo nuevas reglas para el pago del bono salarial, incluyendo el establecimiento de criterios de ingresos para que los trabajadores tengan derecho al beneficio.
  5. Decreto N° 4.751/2003:
    • Este decreto reglamenta la Ley nº 10.410/2002, que establece las normas para la ejecución del Programa de Integración Social (PIS) y del Programa de Formación del Patrimonio de los Servidores Públicos (PASEP). Define los procedimientos para el pago del bono salarial y otras obligaciones relacionadas con el programa.
  6. Resoluciones del Consejo Deliberante del Fondo de Apoyo al Trabajador (CODEFAT):
    • CODEFAT es el organismo responsable de establecer lineamientos y estándares para la ejecución de los programas sociales, incluido el PIS PASEP. Sus resoluciones complementan la legislación existente y establecen procedimientos específicos para la operacionalización de programas.

Estas son algunas de las principales normas que rigen el PIS PASEP en Brasil. Es importante resaltar que la legislación puede actualizarse y modificarse con el tiempo, por lo que es fundamental consultar las leyes y regulaciones vigentes para obtener información actualizada sobre el tema.

¿Quién tiene derecho al PIS PASEP?

El derecho al PIS (Programa de Integración Social) y al PASEP (Programa de Formación de Activos de Servidores Públicos) está determinado por criterios establecidos por la legislación brasileña. A continuación, describo quién tiene derecho a cada uno de estos beneficios:

PIS (Programa de Integración Social):

  • Trabajadores del sector privado, incluidos los empleados formales e informales que estén registrados en el programa;
  • Trabajadores que hayan realizado trabajos remunerados durante al menos 30 días en el año base considerado;
  • Trabajadores que hayan percibido una remuneración mensual promedio de hasta dos salarios mínimos durante el año base considerado;
  • Trabajadores que hayan estado registrados en el PIS durante al menos cinco años.

PASEP (Programa de Capacitación en Patrimonio de los Servidores Públicos):

  • Los servidores públicos civiles o militares, incluidos los en activo, jubilados o pensionados, que estén vinculados a organismos públicos federales, estatales o municipales;
  • Empleados que hayan realizado trabajos remunerados durante al menos 30 días en el año base considerado;
  • Los servidores que hayan percibido una remuneración mensual promedio de hasta dos salarios mínimos durante el año base considerado;
  • Servidores que tengan al menos cinco años registrados en el PASEP.

Es importante resaltar que, tanto para el PIS como para el PASEP, el año base considerado es el año anterior al pago del beneficio. Además, es necesario que el empleador haya informado correctamente los datos del trabajador en el Registro Anual de Información Social (RAIS) para que tenga derecho al beneficio.

Finalmente, cabe mencionar que las reglas y criterios para recibir el PIS PASEP pueden cambiar con el tiempo a través de legislación específica, por lo que se recomienda consultar la información actualizada con los órganos competentes.

¿Quién puede recibir?

Las personas elegibles para recibir el beneficio PIS (Programa de Integración Social) o PASEP (Programa de Formación de Patrimonio de Servidores Públicos) son aquellas que cumplan con los criterios establecidos por la legislación respectiva. A continuación, detallo quiénes pueden recibir cada uno de estos beneficios:

¿Quién puede recibir PIS?

  1. Trabajadores del sector privado: Esto incluye a los empleados formales e informales que estén registrados en el programa.
  2. Actividad remunerada durante el año base: El trabajador deberá haber realizado un trabajo remunerado durante al menos 30 días en el año base considerado.
  3. Retribución dentro del límite establecido: El trabajador deberá haber percibido una remuneración mensual promedio de hasta dos salarios mínimos durante el año base considerado.
  4. Registro en PIS durante al menos cinco años: El trabajador deberá estar registrado en el Programa de Integración Social durante al menos cinco años.

Quién puede recibir PASEP:

  1. Servidores públicos: Esto incluye al personal civil o militar que esté vinculado a organismos públicos federales, estatales o municipales.
  2. Actividad remunerada durante el año base: El trabajador deberá haber realizado un trabajo remunerado durante al menos 30 días en el año base considerado.
  3. Retribución dentro del límite establecido: El servidor deberá haber percibido una remuneración mensual promedio de hasta dos salarios mínimos durante el año base considerado.
  4. Registro en el PASEP por al menos cinco años: El servidor deberá estar registrado en el Programa de Capacitación en Patrimonio de los Servidores Públicos con una antigüedad mínima de cinco años.

Estos criterios son fundamentales para determinar quién tiene derecho a recibir PIS o PASEP. Es importante resaltar que la elegibilidad puede variar según la legislación vigente y es fundamental verificar la información actualizada con los organismos responsables, como Caixa Econômica Federal para el PIS y Banco do Brasil para el PASEP.

¿Quién no puede?

Algunas categorías de personas no tienen derecho a recibir el PIS (Programa de Integración Social) o el PASEP (Programa de Formación del Patrimonio de los Servidores Públicos). A continuación enumero algunos de ellos:

Lo siguiente no puede recibir PIS:

  1. Trabajadores no registrados: Si el trabajador no está registrado en el Programa de Integración Social (PIS), no tendrá derecho al beneficio.
  2. Trabajadores con remuneración superior al límite establecido: El PIS está dirigido a trabajadores que perciben un salario mensual promedio de hasta dos salarios mínimos. Si la remuneración del trabajador excede este límite, no tendrá derecho al beneficio.
  3. Trabajadores que no cumplen con los criterios de antigüedad en el servicio: Para recibir el PIS, el trabajador deberá haber realizado un trabajo remunerado durante al menos 30 días en el año base considerado. Si no cumple con este requisito, no tendrá derecho al beneficio.
  4. Trabajadores con alta reciente: El trabajador debe estar registrado en el PIS durante al menos cinco años para tener derecho a la prestación. Si el registro es reciente, no podrá recibir PIS.

No pueden recibir PASEP:

  1. Servidores públicos no registrados: Si el servidor público no está registrado en el Programa de Formación de Patrimonio del Servidor Público (PASEP), no tendrá derecho al beneficio.
  2. Servidores con remuneración superior al límite establecido: Al igual que el PIS, el PASEP está dirigido a servidores públicos que perciben un salario mensual promedio de hasta dos salarios mínimos. Si la remuneración del empleado excede este límite, no tendrá derecho al beneficio.
  3. Servidores que no cumplen con los criterios de tiempo de servicio: Para recibir el PASEP, el servidor público deberá haber realizado un trabajo remunerado durante al menos 30 días en el año base considerado. Si no cumple con este requisito, no tendrá derecho al beneficio.
  4. Servidores con registro reciente: El servidor debe estar registrado en el PASEP durante al menos cinco años para tener derecho al beneficio. Si el registro es reciente no podrá recibir el PASEP.

Estas son algunas de las situaciones en las que una persona no tendría derecho a recibir PIS o PASEP. Es importante resaltar que las normas y criterios pueden variar según la legislación vigente y es imprescindible comprobar la información actualizada con los organismos responsables.

¿Cómo y dónde reclamar este beneficio?

El procedimiento para retirar el beneficio del PIS (Programa de Integración Social) o PASEP (Programa de Formación de Activos de Servidores Públicos) varía según el programa y depende de la institución financiera responsable del pago. A continuación, describo cómo y dónde puede obtener estos beneficios:

PIS (Programa de Integración Social):

  1. Tarjeta de Ciudadano: Si el trabajador posee Tarjeta Ciudadana y contraseña registrada, puede retirar el beneficio en cajeros automáticos de Caixa Econômica Federal, puntos de lotería o corresponsales de Caixa Aquí.
  2. Sucursales Caixa: Si el trabajador no posee Tarjeta Ciudadana, puede retirar el beneficio en una sucursal de Caixa Econômica Federal, presentando un documento de identificación oficial con fotografía.
  3. Crédito de cuenta: Si el trabajador es titular de una cuenta en Caixa Econômica Federal, el monto del beneficio puede acreditarse directamente en su cuenta bancaria.

PASEP (Programa de Capacitación en Patrimonio de los Servidores Públicos):

  1. Sucursales del Banco do Brasil: Los servidores públicos que tengan una cuenta en el Banco do Brasil pueden recibir el beneficio PASEP acreditado directamente en su cuenta.
  2. Autoservicio del Banco do Brasil: Para los empleados que no tienen cuenta en el Banco do Brasil, los retiros pueden realizarse en los cajeros automáticos del banco utilizando la Tarjeta Ciudadana, si está registrada.
  3. Sucursales del Banco do Brasil: Si no tienes Tarjeta Ciudadana, los retiros se pueden realizar en una sucursal del Banco do Brasil, presentando un documento de identificación oficial con fotografía.

Es importante resaltar que el retiro de los beneficios del PIS o PASEP sigue un calendario establecido por el gobierno, publicado a través de canales oficiales, como el sitio web de Caixa Econômica Federal para el PIS y el sitio web del Banco do Brasil para el PASEP. Este calendario toma en cuenta la fecha de nacimiento del trabajador (en el caso del PIS) o número de registro (en el caso del PASEP).

Finalmente, se recomienda consultar siempre la información actualizada con los organismos responsables para garantizar el correcto acceso al beneficio PIS o PASEP.

¿Cómo se calcula el valor PIS PASEP?

El valor del beneficio del PIS (Programa de Integración Social) y del PASEP (Programa de Formación de Activos de Servidores Públicos) se calcula con base en criterios establecidos por la legislación brasileña. A continuación, explico cómo se realiza el cálculo para determinar el valor del PIS PASEP:

PIS (Programa de Integración Social):

  • Para los trabajadores del sector privado, el valor del PIS se determina con base en la antigüedad del trabajador en el año base considerado y el valor del salario mínimo vigente.
  • Si el trabajador ha trabajado todo el año, el valor del beneficio equivale a un salario mínimo. Si solo trabajó parte del año, el monto es proporcional al tiempo trabajado.
  • Por ejemplo, si el salario mínimo actual es de 1.100 R$ y el trabajador ha trabajado durante todo el año base, el importe del PIS será de 1.100 R$. Si el trabajador sólo ha trabajado la mitad del año, el importe del PIS será de 550 R$.

PASEP (Programa de Capacitación en Patrimonio de los Servidores Públicos):

  • El cálculo del PASEP para los servidores públicos sigue los mismos principios que el PIS, pero lo realiza el Banco do Brasil, que gestiona el programa para los servidores públicos.
  • El valor del beneficio se determina con base en la antigüedad del empleado en el año base considerado y el valor del salario mínimo vigente.
  • Al igual que ocurre con el PIS, si el empleado ha trabajado todo el año, el valor del beneficio equivale a un salario mínimo. Si solo trabajó parte del año, el monto es proporcional al tiempo trabajado.

Es importante resaltar que el valor del salario mínimo se actualiza anualmente y que el beneficio del PIS PASEP se paga según el calendario establecido por el gobierno, publicado a través de canales oficiales, como Caixa Econômica Federal para el PIS y Banco do Brasil para el PASEP. .

Finalmente, es fundamental consultar información actualizada con los organismos responsables para garantizar el acceso al valor correcto del beneficio PIS PASEP.

¿Cómo Consultar PIS PASEP en 2024?

En 2024, la consulta al PIS (Programa de Integración Social) y al PASEP (Programa de Formación de Activos de los Servidores Públicos) se podrá realizar de diferentes maneras, utilizando los recursos disponibles en línea y también a través de la asistencia presencial. A continuación, describo algunas formas de consultar el PIS PASEP:

1. Consulta en línea:

  • A través del sitio web de Caixa Econômica Federal para el PIS: Caixa ofrece un portal específico para la consulta del PIS. Simplemente acceda a la web de Caixa, haga clic en la opción “Consultar pago” o “Consultar PIS”, introduzca su número NIS (Número de Identificación Social) y contraseña. Si no tiene contraseña, puede registrar una contraseña en el propio sitio web.
  • A través del sitio web del Banco do Brasil para el PASEP: El Banco do Brasil proporciona un portal específico para la consulta del PASEP. Simplemente acceda al sitio web del Banco do Brasil, haga clic en la opción “Consulta PASEP”, ingrese su número de registro PASEP y siga las instrucciones.

2. Aplicaciones para teléfonos móviles:

  • Tanto Caixa Econômica Federal como el Banco do Brasil ofrecen aplicaciones para teléfonos inteligentes que permiten consultar el PIS y el PASEP, respectivamente. Simplemente descargue la aplicación correspondiente a la institución financiera, inicie sesión con las credenciales registradas y siga las instrucciones para consultar el beneficio.

3. Servicio Telefónico:

  • Caixa Econômica Federal y Banco do Brasil proporcionan números de teléfono para consultar al PIS y al PASEP, respectivamente. Simplemente llame al número de atención al cliente de la institución financiera, proporcione su número NIS o número de registro PASEP y siga las instrucciones del asistente.

4. Atención presencial:

  • Para quienes prefieren la atención presencial, es posible consultar el PIS en una sucursal de Caixa Econômica Federal y el PASEP en una sucursal del Banco do Brasil. Simplemente presenta un documento de identificación oficial con fotografía y solicita una consulta de beneficios.

Es importante resaltar que, al momento de consultar el PIS PASEP, es necesario tener a la mano el número de NIS (en el caso del PIS) o el número de registro del PASEP, que se puede encontrar en la tarjeta de trabajo, Tarjeta Ciudadana, declaración FGTS. o en el propio formulario de inscripción. Además, es fundamental comprobar la información actualizada con los organismos responsables para garantizar la exactitud de los datos.

Calendario 2024

Calendario de pago de asignaciones PIS 2024:

  • Enero: El pago comienza el 15/02/2024
  • Febrero: El pago comienza el 15/03/2024
  • Marzo: El pago comienza el 15/04/2024
  • Abril: El pago comienza el 15/04/2024
  • Puede: El pago comienza el 15/05/2024
  • Junio: El pago comienza el 15/05/2024
  • Julio: El pago comienza el 17/06/2024
  • Agosto: El pago comienza el 17/06/2024
  • Septiembre: El pago comienza el 15/07/2024
  • Octubre: El pago comienza el 15/07/2024
  • Noviembre: El pago comienza el 15/08/2024
  • Diciembre: El pago comienza el 15/08/2024

Es importante señalar que este calendario es específico de la asignación PIS y no incluye otros beneficios o programas. Además, se recomienda consultar la información actualizada en los canales oficiales de Caixa Econômica Federal para garantizar la exactitud de las fechas de pago.

Conclusión

oh PIS PASEP Es un beneficio importante para millones de trabajadores brasileños. Comprender quién tiene derecho a este beneficio, cómo funciona y cómo retirarlo es fundamental para garantizar el acceso a recursos que pueden contribuir significativamente al bienestar financiero.

Esperamos que este artículo haya aclarado tus dudas sobre el PIS PASEP y puedas aprovechar al máximo este beneficio.

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